En un post anterior hablábamos sobre el derecho constitucional de participación de los trabajadores en la empresa como factor determinante de la CVL. Sin embargo, este no es el único derecho reconocido en la CE con gran incidencia en el tema fundamental de este Blog, pues, entre otros, se reconoce en el art. 40.1 el derecho a la formación y readaptación profesional. Este precepto reconoce el derecho de todos los trabajadores a una formación “extra”, cuya impa
rtición corre a cargo de la empresa y sus consecuencias son mutuamente beneficiosas para las dos partes de la relación laboral.
Actualmente, el acceso a puestos de trabajo que conllevan responsabilidad y poder requiere una previa formación. Y, aunque cada vez se afirme más el hecho de que un “simple título” ya no basta –pues se tienen en cuenta otros factores que aportan valor al trabajador y no están referidos a la formación–, la formación y readaptación profesional siguen siendo esenciales para hacer más competitivos y productivos a los trabajadores, con las consecuencias que ello conlleva para la CVL del trabajador y la posición de la empresa en la economía.
Pese a que, a grandes rasgos, se entiende que la formación es un valor añadido para el trabajador que le permite tener una riqueza intelectual y personal, el número de empresas que fomenta esta práctica es muy insuficiente; si bien es verdad que el mismo ha aumentado en los últimos años. Entre las causas que provocan esta falta de promoción de la formación se encuentra la priorización de cumplimiento de los objetivos económicos y la falta de tiempo, consecuencia de la rutina establecida por las empresas a sus trabajadores o impuesta por ellos mismos. Cierto es, que la actividad diaria aporta al trabajador nuevos conocimientos adquiridos, principalmente, a través de la práctica. Sin embargo, este hecho no es suficiente, consecuencia del panorama actual de la sociedad, el gran desarrollo de las nuevas tecnologías y su implantación en el medio laboral, cuyos pros y contras han sido tratados en la entrada “Las TIC: ¿amigas o enemigas?” .
Por otro lado, cabe destacar la importancia de la formación y el reciclaje de conocimientos de los trabajadores. No supone una inversión o gasto sin más para la empresa, sino que implica una inversión a largo plazo beneficiosa para la empresa, pues hace a sus trabajadores más capacitados para la toma de decisiones y la solución de problemas. También supone la mejora de las capacidades y competencias de los empleados, de manera que se aumente su productividad y su competitividad y, consecuentemente, se aumente la tasa de productividad de la entidad de la que forman parte consiguiéndose, así, de manera más eficiente y eficaz los resultados u objetivos deseados.
La práctica del derecho a la formación supone, para la empresa, fomentar la igualdad de oportunidades, que puede conllevar, de manera indirecta, a la equidad e igualdad retributiva –de la que ya se ha hablado en la entrada “Un paso más hacia la equidad, la “Ley de igualdad retributiva”–. El aprendizaje permite alcanzar nuevas metas individuales, pues el trabajador estará más capacitado, como se ha indicado, para afrontar nuevos retos de mayor complejidad; la integración en el seno de la empresa, gracias a las relaciones entabladas en las jornadas formativas y, además, eleva la satisfacción en el puesto de trabajo, pues el empleado se encuentra más identificado con los valores de la organización y alcanza mayores niveles de productividad.
Por tanto, la formación es un elemento esencial en las organizaciones que permite hacer de sus trabajadores los más preparados del mercado gracias al aumento de sus capacidades, productividad, eficiencia y eficacia, con las consecuencias en los rendimientos y resultados que ello supone para la empresa.
Fuentes:
Hiller-Fry, C., & Padilla Díaz, M. (23 de abril de 2018). RRHH Digital. Recuperado el 24 de abril de 2018, de RRHH Digital:
Magariños, E. (23 de abril de 2018). La Razón. Recuperado el 24 de abril de 2018, de La Razón:
People, T. (s.f.). Thinking People Consultores Recursos Humanos. Recuperado el 23 de abril de 2018, de Thinking People Consultores Recursos Humanos:
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