Que no te engañen, el trabajo esclavo sigue existiendo.
Por Maite Anna Lozano - 23 abril
En este Blog se ha hablado en más de una ocasión sobre la Nueva Cultura de Empresas, mediante la cual se ha implantado un nuevo concepto de Trabajo y Trabajador. Hoy en día, el trabajador se siente valorado y reconocido. Las empresas empoderan a sus recursos más preciados y los convierten en imprescindibles.
No obstante, no es oro todo lo que reluce y, aunque el Gobierno y los medios de comunicación se empeñen en dar la espalda a esta realidad, no se puede negar la existencia del trabajo esclavo y forzado en muchos sectores del Mercado laboral.
El problema ya no solo es la inexistente calidad laboral, sino que en estos ámbitos el significado de persona abunda por su ausencia.
Son muchas las profesiones, las regiones y los rincones a los que llega la precariedad laboral llevada a un nivel extremo. El trabajo esclavo contemporáneo se caracteriza por ser un trabajo forzado y, en muchas ocasiones, clandestino e ilegal.
El trabajador se siente coartado y su libertad se ve absolutamente restringida. Los Derechos Humanos se desvanecen en el momento en que el trabajador se siente en la obligación de acceder por mera subsistencia, pero ¿qué hay de las empresas que lo llevan a cabo?, ¿qué hay de los gobiernos que lo permiten?
La Declaración Universal de Derechos Humanos de 1948 establece que “Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas”
Pero lo cierto es que perduran en nuestro tiempo, lo que muestra que su mera tipificación con carácter prohibitivo no es suficiente, si no va acompañada de medidas eficaces que garanticen su desaparición y el resarcimiento de las víctimas. Su existencia pone en juego derechos como la dignidad, la integridad moral, la intimidad, la no discriminación y el derecho a no sufrir tratos inhumanos, entre otros.
Los datos de la OIT son contundentes y escalofriantes: 40 millones de personas son víctimas de trabajo forzoso u obligatorio en todo el mundo, de las cuales el 90% tiene cabida en el ámbito de la empresa privada.
En septiembre de 2018 entrará en vigor el Protocolo sobre el Trabajo Forzoso de la OIT, mediante el cual España se compromete a llevar a cabo los cambios legislativos oportunos y las medidas necesarias para erradicar este problema. Joaquín Nieto, director de la Oficina para España de la OIT, destaca el compromiso que ha asumido el Gobierno español sobre la “elaboración de un Plan Nacional que incluya actuaciones de prevención y lucha contra esta lacra y la atención de las víctimas”.
España ratifica el Protocolo de la OIT en contra del Trabajo Forzoso |
Concretamente en España, el Ministerio de Empleo y Seguridad Social identifica a 25.000 personas como víctimas de la explotación laboral y sexual (MESS, 2017). Algunos sectores en los que se produce esta explotación son la agricultura, la construcción, la minería, el servicio doméstico y la industria textil.
También se aprovechan los trabajos forzados para la práctica de la mendicidad, la comisión de delitos o el ejercicio de la prostitución, respondiendo en todos los casos a un denominador común cual es la mercantilización de los seres humanos para su explotación (Ignacio Moreno González-Aller, Magistrado de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid).
La medalla de oro se la lleva el sector de la industria sexual. Desgraciadamente, la explotación sexual y la trata de seres humanos con fines sexuales encabeza los ránquines sobre la presencia de trabajo obligatorio. Mucho se podría decir al respecto, pero os invito a leer El limbo jurídico de la prostitución y La casi inexistente adecuada CVL de las actrices porno, publicaciones anteriores de Natalia Rodríguez y Ana González, respectivamente.
Una de las cosas más sorprendentes es que incluso empresas de reconocido prestigio, con alto potencial en España e implicadas con la sociedad, fuera de nuestras fronteras no aplican los mismos principios y valores, mercantilizando sin remordimientos la mano de obra en muchos otros países, especialmente del sur de Asia o África.
Como vemos, no se trata de un problema de la pequeña empresa que contrata en B y se aprovecha del vulnerable trabajador. Nos hallamos ante un problema transfronterizo, universal y que incumbe a todos los ciudadanos del mundo.
La calidad de la vida en el trabajo debe ir más allá, no deben velar por ella únicamente las empresas al garantizar buenas condiciones ambientales en la organización, sino que debe extenderse y aplicarse a gran espala, implantarse como principio básico de cualquier trabajador y garantizarlo en todas las órdenes e instituciones.
Es un problema real, de personas reales que debe erradicarse con inmediatez: ¡Rompamos cadenas!
Fuentes:
IGNACIO MORENO GONZÁLEZ-ALLER (2017). ElDerecho: “Los trabajos forzados en el siglo XXI”.
EuropaPress (2017). Sección:
Social – Derechos Humanos. La OIT aplaude
la incorporación de España al protocolo contra el trabajo forzosa: “En España
también es una realidad”.
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